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Sens. Cruz, Menendez, Durbin Presentan Resolución Bipartidista en Apoyo a Principios Democráticos en Bolivia

WASHINGTON, D.C. – El Senador Ted Cruz (R-Texas), un miembro del Comité de Relaciones Exteriores del Senado, junto con los senadores Bob Menendez (D-N.J.) y Dick Durbin (D-Ill.) presentaron una resolución bipartidista en apoyo a los principios y estándares democráticos en Bolivia y en toda América Latina. La resolución reconoce las importantes transiciones a la democracia y las transferencias pacíficas de poder a través de elecciones que han tenido lugar en la mayoría de los países de América Latina y pide a las democracias latinoamericanas, incluida Bolivia, que continúen respetando estas normas democráticas. 

“Bolivia se encamina en una dirección muy peligrosa, alineándose con regímenes ilegítimos e ilegales, incluidos los de Maduro en Venezuela,” dijo el Senador Cruz. “Es importante que todos los partidos respeten la Constitución de Bolivia, que incluye límites presidenciales que sirven como un importante control institucional contra la corrupción y los abusos de poder.” 

“Me enorgullece que mis colegas y yo nos hayamos reunido para apoyar plenamente el deseo del pueblo boliviano de mantener los límites presidenciales,” dijo el Senador Menéndez. “A medida que los Estados Unidos avanza en los esfuerzos para defender la gobernanza democrática, debemos tener un enfoque claro y coherente contra cualquier líder electo que intente extender su poder eludiendo la propia constitución de su país.”

“Bolivia ha dado importantes pasos para superar décadas de golpes de estado y gobiernos inestables,” dijo el Senador Durbin. “Respetar los límites constitucionales a los mandatos presidenciales y los resultados del reciente referéndum que reafirma dichos límites ayudará a consolidar esos logros democráticos y romper el desacreditado modelo de líder de por vida visto solo en los pocos estados fallidos de la región.”

Aquí y abajo puedes ver el texto completo de la resolución.

Apoyo a los principios y estándares democráticos en Bolivia y en toda América Latina.

Considerando que la nación de Bolivia proclamó su independencia de España el 6 de agosto de 1825, con Simón Bolívar como su presidente; 

Considerando que Bolivia sufrió más de un siglo de frágil gobernabilidad e inestabilidad, con más de 150 cambios de liderazgo desde que obtuvo su independencia y al menos seis golpes militares entre 1952 y 1981;

Considerando que entre el 6 y el 7 de octubre de 1970 y nuevamente el 21 de julio de 1978, Bolivia experimentó una sucesión de golpes militares que dieron lugar a tres gobiernos diferentes;

Considerando que en 1982 se produjo una transición a la democracia, después de que la junta militar gobernante cediera el poder a un gobierno civil, que logró mantener el control a pesar de los grandes trastornos económicos y las dolorosas reformas del mercado;

Considerando que el presidente electo, Gonzalo Sánchez de Lozada y su sucesor, Carlos Mesa, ambos renunciaron ante protestas desestabilizadoras en 2003 y 2005, respectivamente;

Considerando que, en 2005, Evo Morales ganó su primer mandato como presidente, convirtiéndose en el primer ciudadano indígena de Bolivia elegido para el cargo;

Considerando que los pueblos indígenas históricamente marginados de Bolivia representan aproximadamente el 41 por ciento de la población del país, según el censo boliviano de 2012; 

Considerando que, en 2006, el pueblo de Bolivia eligió una asamblea constituyente para redactar una nueva constitución que reconoce mayores derechos políticos y económicos para la población indígena del país, mientras que los principales partidos de oposición boicotearon la elección de la asamblea constituyente;

Considerando que, en 2008, un 67 por ciento de los votantes rechazó un referendo revocatorio al mandato del presidente Morales;

Considerando que, en 2008, en medio de crecientes protestas en el país e incrementadas tensiones entre Bolivia y los Estados Unidos, el presidente Morales expulsó al embajador de los Estados Unidos en Bolivia;

Considerando que, en 2009, los bolivianos aprobaron, mediante una votación de más del 60 por ciento en un referéndum nacional, una nueva constitución que incluye un límite de dos mandatos presidenciales de cinco años; 

Considerando que, en 2009, el presidente Morales ganó la reelección para un segundo mandato con más del 60 por ciento de los votos; 

Considerando que, en 2013, los aliados al presidente Morales en la Asamblea Legislativa de Bolivia aprobaron una legislación que le permitió postularse para un tercer mandato—una ley que los aliados políticos del presidente Morales en el Tribunal Constitucional de Bolivia afirmaron, dictaminando que el límite de dos mandatos en la nueva constitución no aplicaba porque el primer mandato del presidente Morales estaba bajo la antigua constitución; 

Considerando que, en 2013, el presidente Morales expulsó a la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional por intentar “conspirar contra Bolivia”; 

Considerando que, en 2014, el presidente Morales ganó su tercer mandato como presidente, con el 60 por ciento de los votos; 

Considerando que, en 2016, el gobierno de Bolivia convocó un referéndum nacional para modificar la constitución a fin de permitir un mandato adicional para Morales; 

Considerando que ese mismo año, más de la mitad de los votantes en Bolivia rechazaron la propuesta que eliminaba los límites al mandato presidencial que habrían permitido al presidente Morales postularse para un cuarto mandato y cumplir al menos 20 años en el cargo;

Considerando que después del referéndum, la administración de Morales aumentó su retórica en contra de los medios de oposición y avanzó una narrativa sugiriendo que había un plan para evitar que el presidente Morales permanezca en el poder;

Considerando que, en 2017, los partidarios del presidente Morales en el Tribunal Constitucional de Bolivia levantaron los límites de los plazos constitucionales argumentando que violaban los derechos humanos de los candidatos, citando la Convención Inter-Americana de Derechos Humanos, adoptada en San José el 22 de noviembre de 1969 y el principal tratado de derechos humanos en las Américas, como la base legal para su decisión; 

Considerando que la Convención establece que los derechos políticos solo pueden limitarse en circunstancias muy específicas, una disposición que, cuando se redactó en 1969, tenía la intención de evitar que gobiernos abusivos prohibieran arbitrariamente que candidatos de la oposición se postulen y no impedía imponer límites a la reelección constitucional diseñados para reducir la corrupción y el abuso de poder dada la larga historia de dictaduras violentas y prolongadas en América Latina;

Considerando que la decisión del Tribunal Constitucional de Bolivia coloca a Bolivia dentro de un pequeño número de países en el hemisferio occidental que no pone límites a la reelección presidencial;

Considerando que, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, dijo que la cláusula citada “no significa el derecho al poder perpetuo ... Además, la reelección presidencial fue rechazada por voluntad popular en un referéndum en 2016”;

Considerando que, en marzo de 2018, un reporte comisionado por la Organización de los Estados Americanos, que se refiere específicamente a este tema afirmó que: 

  1. “No existe un derecho humano específico y distinto a la reelección”
  2. “Los límites de mandato [...] son un límite razonable al derecho a ser elegido porque impiden un ejercicio ilimitado de poder en manos del presidente” y
  3. “Los límites a la reelección de un presidente no restringen indebidamente sus derechos humanos y políticos”; 

Considerando que la era de Morales ha visto muchos logros sociales y económicos, pero también un debilitamiento y socavamiento de las instituciones democráticas claves para favorecer al partido gobernante: ahora, por lo tanto, sea

Resuelto, que el Senado— 

  1. apoya las transiciones importantes a la democracia y las transferencias pacíficas y regulares de poder a través de elecciones que han ocurrido en la gran mayoría de los países de América Latina y el Caribe en las últimas décadas;
  2. reconoce la importancia histórica de la elección de Bolivia en 2005
  3. expresa preocupación por los esfuerzos para eludir los límites de los términos presidenciales en la constitución boliviana;
  4. respalda los límites del mandato presidencial que prevalecen en América Latina como controles razonables contra un historial de golpes de estado, corrupción y abusos de poder; 
  5. expresa confianza que la votación del referéndum del 2016 para mantener los límites del mandato presidencial reflejó la voluntad legítima de la mayoría de los electores en Bolivia;
  6. está de acuerdo con la interpretación del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos de la Convención Americana de Derechos Humanos como no aplicable a los límites del mandato presidencial;
  7. pide al Gobierno de Bolivia que respete y, donde sea necesario, restablezca la independencia de los órganos electorales y gubernamentales clave y que administre las elecciones de octubre de 2019 en cumplimiento de las normas democráticas internacionales y sus propios límites constitucionales en los mandatos presidenciales; y 
  8. pide a las democracias latinoamericanas que continúen defendiendo las normas y estándares democráticos entre los estados miembros.

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